Se modificarán y se sustituirán las comidas regulares para todos los niños que no puedan comer las comidas escolares debido a alguna discapacidad, siempre y cuando un médico haya certificado la necesidad.
La Ley 504, el ADA y las Regulaciones Departamentales en 7 CFR parte 15b definen a una persona discapacitada como toda persona que tenga una discapacidad física o mental que limita de manera sustancial una o más de las actividades vitales importantes, que tenga un historial de esa discapacidad o que se considere que tiene esa discapacidad." (Ver 29 USC § 705(9)(b); 42 USC § 12101; y 7 CFR 15b.3.) Las actividades vitales importantes de la vida cotidiana son, entre otras, cuidarse a sí mismo, realizar tareas manuales, ver, oír, comer, dormir, caminar, pararse, sentarse, estirarse, levantarse, agacharse, hablar, respirar, aprender, leer, concentrarse, pensar, comunicarse, relacionarse con los demás y trabajar. Otras actividades vitales importantes de la vida cotidiana también incluyen las principales funciones corporales tales como funciones del sistema inmunológico, crecimiento normal de las células, funciones del sistema digestivo, el intestino, la vejiga, neurológico, cerebral, respiratorio, circulatorio, endocrino y las funciones reproductivas. (Ver 29 USC § 705(9)(b) y 42 USC § 12101.)
El Departamento de Agricultura de Texas estipula que el programa de nutrición escolar debe proporcionar arreglos razonables para comidas no reembolsables sin costo adicional, bocadillos y ventas a la carta cuando (1) la discapacidad del estudiante limita su dieta y (2) la discapacidad está respaldada por una declaración médica firmada por una autoridad médica con licencia del Estado de Texas para escribir recetas médicas. Antes de hacer una modificación, un médico autorizado debe llenar lo siguiente en el Formulario de Modificación de Dieta Alimenticia del Estudiante de CFISD:
1. El diagnóstico médico relacionado con la naturaleza de la discapacidad del niño
2. El motivo o las principales actividades de la vida afectadas por el diagnóstico
a. ver arriba la definición de la Ley 504 de “actividades vitales importantes”.
3. Los alimentos que deben omitirse, si correspondiese
4. Las modificaciones necesarias
a. Menú sin alérgenos: Sin gluten, leche, huevo, soja, trigo
i. Si el estudiante debe omitir LECHE o HUEVOS como ingredientes, SOJA como ingrediente menor, TRIGO o tiene MÚLTIPLES ALERGIAS ALIMENTARIAS, debemos proporcionarle una comita empaquetada sin alérgenos para que pueda recibir comidas en la cafetería. Si el médico/padre no desea que el estudiante reciba comidas del menú sin alérgenos, no podremos realizar las modificaciones para la alergia de alimentos.
b. Alimentos sin frutos secos
c. Alimentos sin mariscos
d. Leche de soja
i. Substituto de leche:En todas las escuelas habrá leche de soja disponible para los estudiantes. El jugo no es un substituto de leche aceptable, por lo tanto también habrá agua disponible para todos los estudiantes.
e. Otras necesidades según prescritas por el médico
f. Comidas para disfagia
El procesamiento de los formularios incompletos o sin firmar llevará más tiempo. El departamento de Servicios de Nutrición no podrá hacer las modificaciones necesarias sin toda la información listada arriba. Se recomienda que se envíe a la escuela un almuerzo alternativo hasta que el padre o tutor legal reciba el mensaje electrónico confirmando que el formulario fue procesado y que las modificaciones necesarias han sido identificadas en la cuenta del estudiante.
Todos los Formularios de Modificación de Dieta Alimenticia del Estudiante deben enviarse directamente al enfermero de la escuela. El enfermero de la escuela enviará los formularios al Dietista Registrado del Servicio de Alimentos quien hará una nota en la cuenta del estudiante que aparecerá en el punto de venta.
El Dietista Registrado del Servicio de Alimentos enviará una confirmación por correo electrónico a la dirección de correo electrónico provista en el formulario que dirá que se recibió el formulario y que confirmará que se realizarán las modificaciones.
** El procesamiento del formulario puede tardar dos semanas una vez enviado al enfermero de la escuela. **
El Departamento de Servicios de Nutrición puede:
El Departamento de Servicios de Nutrición no puede:
Las notas escritas por los padres solicitando modificaciones alimenticias no son una forma de documentación aprobada y no se tendrán en cuenta para modificaciones.
Para proteger al estudiante y evitar males entendidos, los cambios deben estar documentados por escrito y hechos por un médico autorizado. Los cambios documentados deber dirigirse a la enfermera de la escuela y de allí se les enviará al Dietista Registrado del Servicio de Nutrición quien hará los cambios en la cuenta del estudiante.
LOS FORMULARIOS DE MODIFICACIONES ALIMENTARIAS DE LOS ESTUDIANTES NUEVOS NO TIENEN QUE PRESENTARSE TODOS LOS AÑOS A MENOS QUE HAYA CAMBIOS.
Nosotros no contamos con la capacidad para satisfacer preferencias alimenticias no médicas con planes alimenticios individuales. Sí proporcionamos la siguiente información que podría resultarles de mucha utilidad al hacer elecciones de comidas escolares. Asegúrense de leer la información adicional sobre nuestros menús a continuación:
IMPORTANTE: Nuestros menús están sujetos a cambios y el replanteamiento de productos podría ocurrir en cualquier momento y sin conocimiento del Departamento de Servicios de Nutrición. La información alergénica está basada en datos en los archivos del departamento de Servicios de Nutrición. La información alergénica está sujeta a cambios basándose en los cambios de los productores. Además, el reparto de productos sustitutos podría hacerse según la disponibilidad de los mismos. Nosotros vamos a hacer lo posible para actualizar y mantener al corriente la información de productos en nuestros menús y en el sitio web School Café, pero si tienen preguntas acerca de algún producto en particular, comuníquense con el Centro de Producción de Alimentos. Las circunstancias especiales se tratarán según cada caso en particular.
Los estudiantes con discapacidades que requieren cambios en la comida básica deben presentar un Formulario de Modificación de Dieta Alimenticia del Estudiante lleno y firmado por un médico autorizado. Las siguientes modificaciones de textura disponibles se prepararán con anterioridad en la cocina central de producción de alimentos de acuerdo con la Dieta Nacional para la Disfagia:
Se pueden ofrecer espesadores para líquidos si se solicita en el Formulario de Modificación de Dieta Alimenticia del Estudiante firmado por un médico autorizado.
Pueden proveerse suplementos o fórmulas con la orden de un médico. En los archivos debe haber un Formulario de Modificación de Dieta Alimenticia del Estudiante ya que se realizan modificaciones al patrón de comidas.
Cuando el Programa de Educación Individual (IEP) de un niño requiere los servicios de nutrición, los funcionarios de la escuela deben garantizar que se involucre de manera temprana a un Dietista Registrado del Servicio de Alimentos en las decisiones acerca de comidas especiales.
Si los estudiantes necesitan modificaciones para situaciones que no ponen en riesgo la vida en el programa de educación especial, estas modificaciones deben incluirse en el Plan de Educación Individual (IEP).
A menos en que en los archivos de la cafetería tengamos una nota escrita por los padres o tutores legales, nosotros no podemos negarles a los estudiantes la compra de artículos disponibles en el menú si tienen los fondos adecuados.
Si los padres o tutores legales quieren poner restricciones en la cuenta de la cafetería de sus hijos, tendrán que enviar una carta por escrito para guardar en los archivos de los encargados de la cafetería. Estas restricciones son aparte de las modificaciones alimenticias debido a las condiciones médicas listadas arriba; y son:
Los padres y tutores legales pueden visitar el sitio web School Café y hacer estas restricciones en las cuentas de los estudiantes cuando sea necesario.
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